dimarts, 8 de juliol del 2014

ONU DERECHOS HUMANOS MANIFIESTA SU PREOCUPACIÓN POR VULNERABILIDAD QUE AFRONTAN DEFENSORAS Y DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS


 
COMUNICADO DE PRENSAOACNUDH-azul.jpg
 
 
Ref. 072014

7 de julio de 2014
 
ONU DERECHOS HUMANOS MANIFIESTA SU PREOCUPACIÓN POR VULNERABILIDAD QUE AFRONTAN DEFENSORAS Y DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS 
 
GUATEMALA. La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU Derechos Humanos) manifiesta su preocupación por las condiciones de vulnerabilidad que las defensoras y los defensores de derechos humanos y sus organizaciones -nacionales o internacionales- afrontan al realizar su trabajo de defensa de los derechos humanos, en particular la defensa de los derechos económicos, sociales, culturales, ambientales y de los pueblos indígenas, en el marco de la explotación de los recursos naturales.
 
En este contexto, preocupa particularmente la reciente decisión de la Dirección General de Migración de cancelar la residencia temporal de dos defensores de derechos humanos quienes, en cumplimiento del mandato de Brigadas de Paz han dado acompañamiento internacional en Guatemala a defensoras y defensores de derechos humanos y sus organizaciones.
 
ONU Derechos Humanos recuerda la importante labor que desempeña la cooperación internacional y el invaluable trabajo realizado por personas, grupos y asociaciones, nacionales e internacionales, en la  promoción  y defensa de los derechos humanos en Guatemala, como elementos fundamentales para el fortalecimiento de la democracia y del Estado de Derecho.
 
ONU Derechos Humanos hace un llamado a las autoridades nacionales para que revisen la decisión de cancelar la residencia temporal a dos miembros de Brigadas de Paz y reconozcan públicamente la labor que desarrollan defensoras y defensores de derechos humanos nacionales e internacionales en Guatemala.  Asimismo, llama a garantizar el ejercicio de sus labores en un entorno seguro y propicio, de conformidad con la Declaración sobre Defensores de Derechos Humanos (A/RES/53/144, 8 de marzo de 1999) y la Resolución 22/6 sobre Protección a Defensores del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas (A/HRC/RES/22/6, 12 de abril de 2013).
 
***
 
Oficina del Alto Comisionado  de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Guatemala
4ª. avenida 12-48, zona 10. Tel. 2382-3400
informacion@ohchr.org.gt  / FB:  OACNUDHGuatemala  /  @Oacnudh_Gt

LLAMADO URGENTE - EL OBSERVATORIO

GTM 003 / 0714 / OBS 063
Hostigamiento / Actos de difamación
Guatemala
7 de julio de 2014

El Observatorio  para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, programa conjunto de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y de la Federación Internacional  de Derechos  Humanos  (FIDH), solicita su intervención  URGENTE  ante la siguiente situación en Guatemala.

Descripción de la situación:

El Observatorio  ha  recibido  con  grave  preocupación  informaciones  de  fuentes  fiables sobre la cancelación de la residencia temporal en Guatemala a dos personas del equipo de voluntarias y voluntarios de Brigadas Internacionales de Paz (Peace Brigades International  - PBI) en el país. PBI es una organización  no gubernamental  que trabaja para  la  protección  del  espacio  de  actuación  de  los/as  defensores/as   de  derechos humanos  y otros activistas  de la sociedad  civil que sufren represión  por su trabajo  no violento en pro de los derechos humanos, la paz y la justicia social.

Según  las informaciones  recibidas,  el día  1 de julio  de 2014,  tras  haber  sido  citados mediante  comunicación  escrita  de 25 de junio  de 2014  (recibida  el 26 de junio),  dos integrantes del grupo de PBI de nacionalidad española y chilena, se notificaron personalmente   ante   la  Dirección   General   de   Migración   (DGM)   del   Ministerio   de Gobernación. Durante la reunión, los dos voluntarios fueron informados de que por resoluciones  dictadas  el  mismo  1  de  julio  por  la  Subdirección   de  Operaciones  de Extranjería de la DGM, su residencia temporal quedaba cancelada y en consecuencia se les concedía el plazo de 10 días para abandonar el país.

Si bien es verdad que el artículo 92 de la Ley de Migración, prevé la facultad de la DGM de   cancelar   residencias   temporales   previamente   otorgadas   y   de   “suspender   la permanencia  de extranjeros  por razones de orden público, interés nacional y seguridad del Estado”, todas estas decisiones deben ser debidamente motivadas. Sin embargo, las dos  resoluciones  que  cancelan  la  residencia  temporal  de  los  dos  voluntarios  de  PBI carecen de razonamiento  alguno que fundamente  la decisión adoptada.  Frente a dicha decisión no justificada, los dos voluntarios de PBI, a través de su abogado, presentaron un recurso de revocatoria.

Según las mismas informaciones recibidas, los dos voluntarios afectados por dichas resoluciones,  estuvieron presentes, el pasado 23 de mayo de 2014, en La Puya, dónde observaron  el desalojo  violento  del plantón  de la Resistencia  Pacífica  de la Puya,  un grupo que viene luchando pacíficamente  en contra de la explotación  minera en el país. De hecho,  desde  febrero  del 2013, el Estado  de Guatemala,  estableció  el tema de la minería como un asunto de seguridad nacional. Durante dicha ocasión, miembros de la DGM, por medio de agentes de la Policía Nacional Civil, se acercaron a los miembros de PBI, pero al comprobar que el estatus migratorio estaba en orden, se retiraron del lugar.
El 3 de junio del 2014, el PBI alertó sobre los hechos anteriormente descritos1.

Según  las  mimas  informaciones,   tras  dicho  suceso,   los  medios   de  comunicación emitieron en repetidas ocasiones declaraciones difamatorias en contra de la presencia y trabajo  de  ‘extranjeros’   y  organizaciones   internacionales.   Entre  otros,  el  periodista Rolando Antonio Castillo López publicó un articulo el 27 de mayo de 2014 en el Diario de


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Centroamérica   dónde,   entre   otras   afirmaciones,   decía   “sorprende   cuando   dicen representar  a  organizaciones  de  derechos  humanos  o  ambientalistas,  cuando  lo  que hacen es provocar, iniciar el fuego social que termina en enfrentamientos  entre grupos y fuerzas  de la seguridad”.  De  una  forma  similar,  el periodista  Humberto  Preti,  en otro artículo  publicado  el  31  de  mayo  en  la  Prensa  Libre,  afirmaba  que  el  voluntario  de nacionalidad   chileno  de  las  Brigadas  de  Paz  “[…]  está  ilegalmente   en  el  país”  y refiriéndose a todas las organizaciones internacionales presentes en el país comenta que “no sé a qué esperan nuestras autoridades para expulsar a ciertos grupos”. En relación al periódico llamado Prensa Libre, en un articulo del 26 de mayo de 2014, publicaba que: “[…] existen grupos foráneos interesados  en causar problemas sociales en el país […], se trata de un abuso a lo permitido a quienes tienen visa de turista”. Asimismo, la pagina de Facebook de la “Fundación Contra el Terrorismo Guatemala” el 6 de julio publicó una foto  con  dos  personas   que  llevan  las  camisetas   de  PBI,  pero  que  no  han  sido identificadas por el mismo PBI como voluntarios o trabajadores de la organización.  Bajo la foto se adjuntan  los siguientes  comentarios:  “¡Ya no más vividores  extranjeros  que lucran   de   la   confrontación   y   el   odio   entre   Guatemaltecos!”   y   “Si   las   Brigadas Internacionales son “de paz” ¿Por qué solo crean más conflicto?”.

El Observatorio condena rotundamente la decisión de la Dirección General de Migración de  cancelar  la  residencia  temporal  de  los  dos  voluntarios  de  PBI,  y  teme  que  dicha decisión  haya sido motivada  por falsas informaciones  emitidas  por algunos  medios  de comunicación y por su presencia en calidad de observadores durante el desalojo violento que tuvo lugar en La Puya el pasado 23 de mayo de 2014.

El Observatorio  alienta  a las  autoridades  guatemaltecas  a reconsiderar  su decisión  y anular las resoluciones injustificadas de la DGM del 1 de julio de 2014.

Antecedentes:

PBI cuenta con personería jurídica en Guatemala desde 1995, concedida el 10 de marzo de 1995 por el Ministerio  de Gobernación,  y, está debidamente  acreditada  y registrada frente a las instituciones públicas de acuerdo con las leyes nacionales. Asimismo, todos los voluntarios,  tras su llegada  al país, inician  los tramites  necesarios  para solicitar  la residencia temporal de acuerdo con las leyes migratorias de Guatemala. Así, PBI y sus voluntarios  actúan siempre de acuerdo a las leyes y de forma regular, se informa a las autoridades sobre las actividades que se llevan dentro del territorio y en el extranjero.

Acción solicitada:

Favor dirigirse a las autoridades de Guatemala instándolas a:

i.   Reconsiderar  su decisión y anular las resoluciones injustificadas de la DGM del de 1 de julio de 2014 por las que se cancela la residencia temporal de los dos voluntarios de PBI,  así  como  revocar  la  decisión  de  expulsar  del  territorio  guatemalteco  a  los  dos voluntarios de PBI;

ii.  Poner fin a todo tipo de hostigamiento  en contra de los miembros de PBI y de todos los defensores de derechos humanos en Guatemala;

iii. Asegurar la aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre los Defensores de los
Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de
1998, en particular en lo referente al:
- Artículo  1:  “Toda  persona  tiene  derecho,  individual  o  colectivamente,  a  promover  y procurar   la   protección   y   realización   de   los   derechos   humanos   y   las   libertades fundamentales en los planos nacional e internacional.”
- Artículo 12.2: “El Estado garantizará la protección por las autoridades competentes  de toda persona, individual o colectivamente,  frente a toda violencia,  amenaza,  represalia,


discriminación, negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acción arbitraria resultante   del   ejercicio   legítimo   de   los   derechos   mencionados   en   la   presente Declaración”;

iv. De manera general, garantizar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales   en  todo  el  país  de  conformidad  con  las  normas  internacionales   de derechos humanos ratificadas por Guatemala.

Direcciones:

•  Licenciado  Otto  Pérez  Molina,  Presidente  de  la  República  de  Guatemala,  Casa
Presidencial,  6 a. Avenida, 4-18 zona 1, Ciudad de Guatemala, Fax: +502.221.44.23;  +
502.238.35.79
•  Lic. Héctor Mauricio López Bonilla, Ministro de Gobernación,  6a. Avenida 4-64, zona
4,  nivel  3,  Ciudad   de  Guatemala,   Fax:  +502.362.02.39   /  +502.362.02.37   Twitter:
•  Sr.  Comisario   General   Telémaco   Pérez  Garcia,  Director   General   de  la  Policía
Nacional  Civil,  10a.  Calle  13-92  zona  1,  Ciudad  de  Guatemala  -  Guatemala.  Fax:  +
502.2251.9382
•  Don Jorge Eduardo De León Duque, Procuraduría de los Derechos Humanos, (PDH),
12  Avenida   12-72,  zona  1,  Ciudad   de  Guatemala,   Fax:+  502.238.17.34   E-  mail:
•  Lic.   Antonio   Arenales   Forno,   Comisión   Presidencial   de   Derechos   Humanos, COPREDEH, E-mail:  copredeh@copredeh.gob.gt ; 2a Avenida 10-50 Zona 9, Ciudad de Guatemala, FAX:+ 502.2334.0119. Twitter:  @COPREDEH
•  Lic. Thelma Esperanza  Aldana Hernández,  Fiscal General de la República,  Jefe del Ministerio Público, E-mail:  fiscalgeneral@pm.lex.gob.gt 15 Avenida 15-16 zona 1, Barrio Gerona, 8o nivel, Ciudad de Guatemala, FAX: + 502.2411-9124/ + 502.2411 93 26
•  Embajador  Luis  Fernando  Carrera  Castro,  Ministro  de  Relaciones  Exteriores,  2ª Avenida  4-17,  zona  10,  01010,  Ciudad  de Guatemala.  Tlf:  + 502  2410  0000,  E-mail: webmaster@minex.gob.gt
•  Sr. Embajador  Francisco  Villagrán  de León, Misión Permanente  de Guatemala  ante las  Naciones  Unidas  en  Ginebra.  Chemin  de  Sous-Bois  21,  1202  Ginebra.  FAX:  +
41.22.733.14.29. E-mail:  mission.guatemala@ties.itu.int ;  onusuiza@minex.gob.gt
•  Embajada  de  Guatemala  en  Bruselas,  185  avenue  Winston  Churchill,  1180  Uccle, Bélgica. Fax: + 32 2 344 64 99. Correo-E:  embaguate.belgica@skynet.be

Favor escribir también a las Representaciones Diplomáticas de Guatemala en sus respectivos países.

***
Ginebra-París, 7 de julio de 2014.

Favor informarnos sobre cualquier acción emprendida, citando el código de este llamado en su respuesta.

El  Observatorio,  programa  conjunto  de  la  OMCT  y  de  la  FIDH,  está  destinado  a  la protección de los defensores de derechos humanos víctimas de violaciones y a proporcionarles una ayuda cotidiana tan concreta como sea posible.

Para contactar el Observatorio, comuníquese a la Línea de Urgencia:
E-mail:  Appeals@fidh-omct.org
Tel. y fax OMCT: + 41 22 809.49.39 / + 41 22 809.49.29
Tel. y fax FIDH: (+33 1) 43 55.25.18 / 4355.18.80

PRONUNCIAMIENTO DE LA COMISIÓN DE DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS Y DEL LIBRE EJERCICIO DE LA ABOGACIA DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE BARCELONA.

PRONUNCIAMIENTO DE LA COMISIÓN DE DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS Y DEL LIBRE EJERCICIO DE LA ABOGACIA DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE BARCELONA.
         En  reunión del Comité permanente de dicha comisión,  celebrada el pasado dia 19 de junio de dos mil catorce se tomó, por unanimidad, el acuerdo de hacer público el siguiente pronunciamiento:
         La Comisión Permanente de la Comisión de Defensa de los Derechos de la persona y del libre ejercicio de la Abogacía del Colegio de Abogados de Barcelona ha tenido conocimiento a través de los representantes del Gobierno plurinacional de las naciones mayas de Q’anjob’al, Chuj, Akateka, Poti y No Indigena, de la gravísima situación en la que se encuentran las personas de dichas comunidades.
En concreto, se informa que la concesión a varias empresas multinacionales por parte del Gobierno de la República de Guatemala de numerosas licencias para proyectos hidroeléctricos y de explotación de recursos mineros a cielo abierto está poniendo en riesgo, no solo el equilibrio medioambiental de la zona, sino lo que es más grave, la propia supervivencia de las personas y comunidades que vivían en estas tierras del altiplano guatemalteco.
De los datos aportados se desprende que la compra de las tierras, donde se pretenden realizar las actividades de explotación minera e hidroeléctrica, se ha llevado a cabo con engaño y bajo amenazas y coacciones y a través de personas interpuestas. Se ha podido constatar también  el soborno de líderes de las comunidades, la ocupación sin título alguno  de otros terrenos, el intento de introducir con nocturnidad máquinas para modificar la configuración de las tierras, la instalación de minas antipersona,  la contratación de empresas de seguridad externas que actúan al margen de las leyes e imponen situaciones por la fuerza, con lesiones por arma de fuego e incluso el homicidio. La  criminalización y no reconocimiento de los líderes comunitarios, se han convertido en las prácticas habituales de estas empresas multinacionales, amparadas por el silencio cómplice de los responsables políticos del estado guatemalteco.
Frente a ello, se indica que la única actuación del Gobierno ha sido el suspender las garantías constitucionales y la imposición de un estado de sitio, el decomiso de escrituras de propiedad y documentos de identificación, la persecución penal de los defensores de los derechos humanos y la tan socorrida como partidaria y vacía imputación de vinculaciones terroristas contra los representantes comunitarios.
Especial impacto han tenido estas conductas en las mujeres indígenas que han sufrido vejaciones, intimidación, abusos de autoridad, agresiones sexuales, detenciones ilegales, allanamiento en vivienda, etc.
En nuestro criterio, todas estas circunstancias descritas son incompatibles con un Estado de Derecho y con el obligatorio respeto a los derechos humanos exigible, en todo caso, de cualquier país que pretende aparecer ante la comunidad internacional como país democrático y obtener, por ello, el consiguiente reconocimiento internacional.
Es por ello que reclamamos que por las Autoridades competentes se tomen las medidas necesarias para garantizar:
·         Que se ponga fin a las medidas de excepción y represión que suponen limitación de los derechos humanos.
·         Que se persigan con celeridad las vulneraciones de la ley llevadas a cabo por los miembros de las empresas de seguridad privadas.
·         Que se respeten los derechos de propiedad y de cultivo que pertenecen históricamente a los pueblos de la comunidad indígena.
·         Que, previa a cualquier licencia de explotación hidroeléctrica o minera en la zona, se exija un informe de respeto a las condiciones medioambientales ratificado por los órganos de representación del Gobierno plurinacional de las  naciones mayas de Q’anjob’al, Chuj, Akateka, Poti y No Indigena.
·         Que se impongan normas de actuación del Gobierno de la República de Guatemala que determinen el respeto de los derechos humanos y los acuerdos internacionales sobre esta materia.
Todo ello, en el bien entendido que tomamos como propio el interés por mantenernos informados de los acontecimientos que se vayan produciendo en relación a este conflicto, así como de denunciar públicamente todas aquellas circunstancias que supongan vulneración de los derechos fundamentales de las personas y los pueblos.

Barcelona, a veinte de junio de dos mil catorce

dissabte, 5 de juliol del 2014

Des de Brigades Internacionals de Pau de Catalunya ens informen de la situació del l'equip a Guatemala.
La Dirección General de Migración de Guatemala ha cancel·lat la visa de dos membres de PBI Guatemala (una espanyola i un xilè). Aquesta cancel·lació té lloc després de l'observació que aquestes dues persones van fer del desallotjament violent a La Puya el passat 23 de maig i que va venir seguida de greus difamacions a mitjans de comunicació en contra d'"estrangers" i organitzacions internacionals.

És una situació molt greu que, com ja sabeu, respon a una estratègia més àmplia de deslegitimació de la feina en defensa dels drets humans a Guatemala i de tota acció de suport.

En aquests moments estem activant la nostra xarxa de suport (cos diplomàtic, MAECs*, etc.) per a exercir pressió i que s'anul·lin les resolucions de cancel·lació, així com també que es doni suport públic a la feina d'acompanyament internacional que PBI Guatemala porta fent des
de 1983.



Mari Vera
Brigades Internacionals de Pau de Catalunya


*Ministeris d'Assumptes Exteriors i de Cooperació


Julio de 2014. Guatemala
CARTA ABIERTA: cancelación de residencia temporal
a dos PERSONAS voluntarias de Brigadas INTERNACIONALES de Paz
Un nuevo ataque contra el derecho a defender derechos humanos

2 de julio de 2014

Brigadas Internacionales de Paz (PBI) Guatemala quiere llamar la atención y compartir su profunda preocupación debido a la cancelación de la residencia temporal en Guatemala a dos personas del equipo de voluntarias y voluntarios de PBI en el país. Se trata de una medida adoptada por la Subdirección de Operaciones de Extranjería, de la Dirección General de Migración (DGM) - Ministerio de Gobernación, en dos resoluciones del 1 de julio, sin que consten las razones o hechos que motivan la decisión. La situación resultante, afecta a ambas personas y a su estatus migratorio, así como a la labor de acompañamiento y observación internacional para la defensa de derechos humanos que PBI realiza en Guatemala desde hace más de 30 años.

El 1 de julio 2014, dos integrantes del equipo de PBI, de nacionalidad chilena y española, se presentaron ante la institución mencionada, que les había citado mediante notificación escrita de 25 de junio (recibida el 26) con el fin de proporcionar, respectivamente, “información referente a su Residencia Temporal”. Durante la reunión, en presencia de la representante legal de PBI en el país y de un abogado, ambas personas fueron informadas de que quedaba cancelada su residencia temporal y que contaban con un plazo de 10 días para abandonar el país. Sin embargo, las resoluciones que recibieron por escrito carecen de razonamiento alguno sobre hechos concretos que fundamenten la decisión adoptada.

PBI cuenta con personería jurídica en Guatemala desde 1995[1], y está debidamente registrada y acreditada ante las instancias públicas competentes, contando con representación legal y capacidad de obrar y actuar en el marco de su mandato y misión. Cada voluntario y voluntaria de PBI inicia el trámite de solicitud de residencia temporal a su llegada al país cumpliendo con la normativa migratoria. En todo momento, PBI y sus voluntarios y voluntarias en Guatemala actúan dentro del marco legal. Regularmente, las autoridades nacionales son informadas de nuestro quehacer en el país y en el exterior.

El voluntario y la voluntaria de PBI a quienes se refieren las resoluciones, mantuvieron presencia internacional en La Puya el 23 de mayo y observaron el desalojo violento del plantón de la Resistencia Pacífica de la Puya, sobre el cual PBI alertó en junio[2]. Representantes de la DGM presentes en La Puya en el momento del desalojo, se retiraron del lugar sin dirigirse directamente a las personas interesadas, tras comprobar que su situación migratoria estaba en orden mediante la verificación de su documentación identificativa por agentes de policía.

En las semanas siguientes,  varios  medios de comunicación guatemaltecos se expresaron de forma difamatoria en contra de “extranjeros” y organizaciones internacionales. Nos preocupa que la decisión de retirar la residencia temporal a dos integrantes del equipo de PBI pueda tener relación con informaciones falsas recogidas en medios de comunicación sobre el trabajo de observación internacional durante el desalojo.

En el actual contexto caracterizado por el cierre de espacios para defensores y defensoras de derechos humanos, nos preocupa asimismo que las resoluciones mencionadas perjudiquen las posibilidades de acompañamiento y observación internacional para contribuir a proteger espacios no-violentos de resolución de conflictos y de promoción y reivindicación de los derechos humanos en Guatemala. La labor que desarrolla PBI en el país responde, en todo caso, a la petición de organizaciones y actores sociales que tienen derecho a defender tales derechos, y a solicitar acompañamiento y observación internacional cuando debido a ello enfrentan amenazas y agresiones.


[1]     Concedida el 10 de marzo de 1995 mediante Acuerdo Ministerial 148-95, del Ministerio de Gobernación.